Órganos de Línea

Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad

La Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad es el órgano de línea del Ministerio encargado de proponer, dirigir y formular medidas de política en los ámbitos arancelarios, aduaneros, de restricciones al comercio, en el marco de su competencia, calidad normativa y competencia; así como asegurar la consistencia de los procesos de integración económica, a cargo del sector competente, con la política económica general, con el objeto de promover la eficiente asignación de recursos y aumentos continuos de la productividad y competitividad. Depende del Despacho Viceministerial de Economía.
 
Funciones de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad
 
Son funciones de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad las siguientes:
 
a) Formular, proponer y dirigir medidas de política y planes, en el ámbito de su competencia, para la toma de decisiones que promuevan mayor producción y productividad, mejor asignación de recursos productivos, a través de la eliminación de distorsiones, que coadyuven a la facilitación y eficiencia del funcionamiento de las operaciones de comercio exterior y estrategias de política de integración económica, a cargo del Sector competente, consistentes con la política económica general;
b) Formular, proponer y dirigir medidas de política, planes y regulaciones sobre materia aduanera y arancelaria, que coadyuven a la facilitación y eficiencia del funcionamiento de las operaciones de comercio exterior y estrategias de política de integración económica, a cargo del sector competente, consistentes con la política económica general;
c) Proponer la estrategia y participar, en el ámbito de su competencia, en las negociaciones sobre comercio de servicios financieros, en coordinación con las Direcciones Generales competentes del Ministerio y los organismos competentes, guardando consistencia con la estrategia de las negociaciones de los acuerdos comerciales a cargo del sector competente;
d) Coordinar con la Dirección General de Política de Ingresos Públicos la complementariedad de los acuerdos internacionales en el ámbito de su competencia;
e) Ejercer la Secretaría Técnica de la Comisión Especial creada en el marco del Sistema de Coordinación y Respuesta del Estado en Controversias Internacionales de Inversión;
f) Emitir opinión respecto de disposiciones por medio de las cuales se establecen trámites o requisitos que afecten la libre comercialización interna o, la exportación o importación de bienes o servicios;
g) Emitir opinión técnica en los temas de su competencia, respecto de las consultas formuladas vinculadas a las empresas en las que el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) tiene participación, previa opinión de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal;
h) Actualizar el Sistema de Registro y de Alerta para atender las controversias Inversionista - Estado; y,
i) Las demás funciones que le asigne el/la Viceministro/a de Economía o aquellas que le corresponda por norma expresa.
 
Estructura de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad
 
Son unidades orgánicas de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad las siguientes:
1 Dirección de Asuntos de Economía Internacional
2 Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia
 
Dirección de Asuntos de Economía Internacional
 
La Dirección de Asuntos de Economía Internacional es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad encargada de formular y proponer la política arancelaria, promoviendo la eficiencia en la asignación de recursos y guardando consistencia con los compromisos asumidos respecto a la normativa nacional e internacional.
 
Funciones de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional
 
Son funciones de la Dirección de Asuntos de Economía Internacional las siguientes:
 
a) Formular y proponer la política arancelaria, promoviendo la eficiencia en la asignación de recursos y guardando consistencia con los compromisos asumidos respecto a la normativa nacional e internacional, coordinando para tal efecto con la Dirección General de Política de Ingresos Públicos y con los sectores competentes, cuando corresponda;
b) Analizar y emitir opinión, en el ámbito de su competencia, respecto de disposiciones por medio de las cuales se establecen trámites o requisitos que afecten la libre comercialización interna o exportación o importación de bienes o servicios, respecto a barreras arancelarias, barreras a la competencia en la prestación de servicios, vigilancia respecto a prácticas contra la competencia en los mercados, que se requieran para aumentar la competencia y productividad de la economía;
c) Formular, proponer y hacer el seguimiento de medidas de política aduanera en aspectos de su competencia, tomando en cuenta la normativa nacional e internacional a la que el Perú esté sujeto, en coordinación con las Direcciones Generales del Ministerio y entidades públicas competentes;
d) Formular, proponer y hacer seguimiento, en el ámbito de su competencia, a las  políticas aduaneras y arancelarias relativas a las zonas de tratamiento preferencial (CETICOS, Zonas Francas, entre otros);
e) Formular y analizar los procedimientos orientados a evitar y corregir las distorsiones creadas por las prácticas de competencia desleal en el comercio internacional, tales como dumping y subsidios, así como emitir opinión respecto de los procedimientos y propuestas de salvaguardias;
f) Participar en el diseño e implementación de las estrategias de integración económica y comercial, a cargo del Sector competente, así como en los acuerdos internacionales en materia económica, asegurando su consistencia con la política económica general;
g) Formular y proponer, en el ámbito de su competencia, la estrategia para las negociaciones sobre comercio de servicios financieros para la suscripción de convenios, tratados y capítulos en los acuerdos comerciales, en coordinación con los organismos competentes, guardando consistencia con la estrategia de las negociaciones de los acuerdos comerciales a cargo del Sector competente;
h) Formular y proponer, en el ámbito de su competencia, la estrategia para las negociaciones de los convenios, acuerdos y tratados internacionales sobre promoción y protección de inversiones, así como los capítulos de inversiones y de contrataciones públicas de los acuerdos comerciales, en coordinación con los órganos del MEF y entidades competentes, guardando consistencia con la estrategia de las negociaciones de los acuerdos comerciales a cargo del Sector competente; y,
i) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.
 
Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia
 
La Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia es la unidad orgánica dependiente de la Dirección General de Asuntos de Economía Internacional, Competencia y Productividad encargada de formular y proponer medidas para mejorar los procesos de expedición de dispositivos legales, a efectos de que éstos sean consistentes con la asignación eficiente de recursos productivos, a fin que no constituyan trabas al mecanismo de competencia y al desempeño de los mercados.
 
Funciones de la Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia
 
Son funciones de la Dirección de Eficiencia Normativa para la Productividad y Competencia las siguientes:
 
a) Apoyar en el diseño e implementación de medidas de  política y planes de desarrollo de la competitividad global y regional en los ámbitos de educación, mercados laborales, desarrollo productivo regional y local, medio ambiente, consolidación institucional, innovación tecnológica, mercado energético,  y otros,  en consistencia con el diseño de la política económica general;
b) Formular y proponer medidas para mejorar los procesos de expedición de dispositivos legales, a efectos de que éstos sean consistentes con la asignación eficiente de recursos productivos, a fin que no constituyan trabas al mecanismo de competencia y al desempeño de los mercados;
c) Seguir el comportamiento de los sectores productivos y mercados, proponiendo y evaluando el impacto regulatorio de las medidas que busquen promocionar la libre competencia o corregir comportamientos no competitivos, en concordancia con la política económica en general, y en coordinación con las correspondientes unidades orgánicas del Ministerio y entidades públicas pertinentes, a fin de evaluar su concordancia con la estrategia  de desarrollo del país;
d) Seguir el comportamiento de la productividad de los sectores productivos y de los mercados, proponiendo y evaluando el impacto regulatorio de las medidas que promocionen la productividad de los factores y corrijan distorsiones en los mercados; en concordancia con la política económica, y en coordinación con las unidades orgánicas competentes del Ministerio y entidades públicas pertinentes, a fin de evaluar su concordancia con la política económica en general;
e) Analizar y evaluar el impacto regulatorio de disposiciones del Estado, como cargas o prestaciones al sector privado, que generen distorsiones en el mercado y que afecten la libre competencia, con el fin de evitar pérdidas de eficiencia en la asignación de recursos y funcionamiento de los mercados;
f) Coordinar y emitir opinión, cuando corresponda, sobre lineamientos de políticas y normas sobre protección de la propiedad intelectual, en el marco de la armonización de los mercados y de la integración económica, promoviendo la eficiencia en la asignación de recursos;
g) Promover la eficiencia en la asignación de recursos y la internalización de externalidades negativas para un crecimiento sostenible, en el diseño de los lineamientos de políticas relacionadas a la protección y gestión de la calidad del ambiente, así como en la mitigación y adaptación ante el cambio climático; y,
h) Las demás funciones que le asigne el/la Director/a General.