"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
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Si, el literal d) del numeral 4.2 del artículo 4 de la Directiva N.º 0007-2025-EF/54.01, establece que el sistema informático de uso obligatorio por parte de la Entidades del Sector Público para el registro de las fases de la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras se realiza a través del Sistema Integrado de Administración Financiera de los Recursos Públicos (SIAF – RP).
Asimismo, el artículo 6 de la referida directiva indica que las entidades que cuentan con sus respectivos aplicativos informáticos ad hoc, registran la información considerando, como mínimo, los campos previstos en los anexos de la Directiva.
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