"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
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De acuerdo al numeral 2 del art. 23 del DU 070-2020, el procedimiento especial de selección es aplicable hasta el 31 de diciembre del 2020, por lo que dé así considerarlo podrían convocar en el último trimestre del año, no obstante, deberán considerar que de acuerdo al numeral 4 del art. 41 del Decreto Legislativo Nº 1440, aquellas contrataciones que superen el año fiscal, adicionalmente a la certificación del crédito presupuestario correspondiente al año fiscal en curso, se debe emitir y suscribir la previsión presupuestaria, la cual constituya un documento que garantiza disponibilidad de los recursos suficientes para atender el pago de las obligaciones en los años fiscales subsiguientes.
Asimismo, de conformidad con el numeral 5 del art. 41 del citado Decreto Legislativo, se puede convocar en el último trimestre solo con la previsión presupuestal, siempre que el otorgamiento de la buena pro y suscripción del contrato se realice en el siguiente año fiscal.
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