"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
Es el derecho de las zonas donde los recursos naturales están ubicados de participar adecuadamente en la renta que produce la explotación de petróleo, gas natural asociado y condensados.
El marco legal es específico para los Departamentos de Loreto, Ucayali, Piura, Tumbes y la provincia de Puerto Inca en Huánuco.
Loreto
D.L. Nº 21678, modificado por Ley Nº 23538
Ley Nº 24300 y Ley Nº 26385
Ucayali
D.U. Nº 027-98
Artículo 161º, Ley Nº 23350
Ley Nº 24300, Ley Nº 26385 y Ley Nº 28699
Piura
Ley Nº 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277
Tumbes
Ley Nº 23630, modificada por Ley Nº 27763 y Ley Nº 28277
Puerto Inca - Huánuco
Artículo 379º, Ley Nº 24977
El Canon y Sobrecanon Petrolero está constituido por el 12,5% del Valor de la Producción que obtiene el Estado por la explotación de petróleo, gas natural asociado y condensados en los Departamentos mencionados y se paga con las regalías que se derivan de su explotación 1/.
Para efecto de la distribución de los recursos del Canon, se considera como área de influencia el área territorial de los departamentos de Loreto, Ucayali, Piura, Tumbes y la provincia de Puerto Inca.
La distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero es particular para cada departamento involucrado y beneficia a los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales, Universidades Nacionales, Institutos Superiores Tecnológicos y Pedagógicos Estatales e Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana.
Para la actualización de los índices de distribución del Canon y Sobrecanon Petrolero se utiliza información proveniente de las siguientes fuentes oficiales 2/:
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI)
Ministerio de Energía y Minas (MINEM)
Los recursos que conforman el Canon y Sobrecanon Petrolero se determinan mensualmente por PERUPETRO S.A. El Consejo Nacional de Descentralización (CND), distribuye los recursos a cada Gobierno Regional y Local beneficiario de estos recursos; mientras que PERUPETRO S.A. distribuye directamente a las Universidades y al Instituto de Investigación de la Amazonía Peruana. 3/