"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
Según el art. 20 del DL 1440, los gobiernos locales deben programar y ejecutar sus gastos según sus funciones y objetivos. El uso de recursos en celebraciones es responsabilidad del Titular del Pliego y debe respetar los principios de especialidad cualitativa, orientación a la población y no afectación predeterminada.