"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
La certificación del crédito presupuestario no puede ser anulada, bajo responsabilidad del Titular del Pliego y del Jefe de la Oficina de Presupuesto o el que haga sus veces, mientras la entidad se encuentre realizando las acciones necesarias, en el marco de la normatividad vigente, para realizar un gasto, contratar y/o adquirir un compromiso. Así, en los casos de procesos de selección convocados en el marco de la Ley de Contrataciones del Estado, está prohibida la anulación de la certificación de crédito presupuestario en tanto se encuentre vigente dicho proceso.