"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
De las seis (6) categorías de canon que existen, en términos acumulados de enero a mayo se han transferido un total de 587 millones de nuevos soles, lo cual representa un incremento del 59,6% respecto a similar periodo del año anterior.
El Canon es la participación efectiva y adecuada de la que gozan los gobiernos locales, gobiernos regionales, universidades e institutos públicos del total de ingresos y rentas obtenidos por el Estado en la explotación de recursos naturales.
El canon minero continúa siendo el más importante, con un incremento de 37,9%, en el período enero-mayo 2005. Le sigue en importancia el canon y sobrecanon petrolero con un crecimiento de 21,4%. Se debe destacar que en el mes de mayo, se han efectuado también las transferencias correspondientes al Canon Pesquero, proveniente del impuesto a la renta del ejercicio fiscal 2003.

Sobre la distribución
La Ley Nº 28322 publicada el 10Ago_2004 y su reglamento aprobado por el D.S. Nº 187-2004-EF de fecha 22Dic_2004, establecen cambios importantes en la distribución de los recursos del canon, los cuales están siendo aplicados en todas las transferencias de canon a partir de enero del 2005, con excepción del canon y sobrecanon petrolero, el cual mantiene sus normas específicas.
Los principales cambios:

Participación del Canon a las universidades
Asimismo, se debe mencionar que desde la aplicación de la Ley Nº 28077, a partir del año 2004, corresponde a las universidades nacionales percibir el equivalente al 20% de los recursos que por concepto de canon se transfiere mensualmente a los gobiernos regionales.
Con la vigencia de la Ley Nº 28322, desde enero del 2005, igualmente les sigue correspondiendo estos recursos del canon a las universidades nacionales, los mismos que a su vez deben ser transferidos mensualmente por los gobiernos regionales, como lo señala el segundo párrafo del artículo 11º del D. S. Nº 029-2004-EF que modifica el D.S. Nº 005-2002-EF - Reglamento de la Ley de Canon. En virtud de ello podemos apreciar que a la fecha las universidades están siendo favorecidas con los siguientes montos:
