"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
La incorporación de las inversiones no previstas es registrada por el responsable de OPMI en el MPMI. Solo pueden registrarse inversiones viables o aprobadas, por lo que no se registran ideas de proyectos o de IOARR. La incorporación de inversiones no previstas la efectúa la OPMI siempre que no se modifiquen los objetivos priorizados, metas e indicadores del PMI, debiendo elaborar un informe que debe tomar en cuenta el contenido previsto en el Anexo N° 05: Lineamientos para las modificaciones de la cartera de inversiones del PMI de la Directiva General. Dicho informe se adjunta en el MPMI. El manual para registrar dichas inversiones está publicado en el portal institucional del MEF en la sección Aplicaciones Informáticas – Instructivos en el siguiente enlace: https://www.mef.gob.pe/contenidos/inv_publica/docs/pmi/Instructivo_Registro_Inversiones_No_Previstas_V1.pdf
Base legal: Artículo 19 de la Directiva General.
Anexo N° 05: Lineamientos para las modificaciones de la cartera de inversiones del PMI de la Directiva General.