"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"

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Inversión Pública

03. ¿Qué órgano del Invierte.pe registra a la UF y a su Responsable? ¿Se debe emitir una resolución o acto resolutivo?

 

El Responsable de la OPMI registra a la UF y su Responsable en el Banco de Inversiones de acuerdo a la propuesta que efectúen los órganos competentes de la entidad. Para el registro debe verificar lo siguiente:

 

  • Las unidades de organización de la entidad (órganos, unidades orgánicas, subunidades orgánicas o áreas), unidades ejecutoras presupuestales, programas y proyectos especiales propuestos como UF cuenten con: (i) competencias vinculadas a las inversiones que se van a implementar; y, (ii) profesionales especializados en la formulación, evaluación y/o aprobación de inversiones que le sean encargadas.
  • Las referidas unidades de organización no coincidan o sean parte del órgano o unidad orgánica designada como OPMI.
  • El Responsable cumple con el perfil profesional establecido en el Formato N° 02-A de la Directiva General.

 

Para el registro de la UF y de su Responsable no se requiere que el Responsable de la OPMI emita alguna resolución o acto resolutivo de designación, siendo suficiente el registro en el aplicativo informático del Banco de Inversiones.

 

Base legal:      Inciso 18 del párrafo 10.3 del artículo 10 e inciso 13 del párrafo 11.3 del artículo 11 del Reglamento.

                       Párrafo 7.1 del artículo 7 de la Directiva General.