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Los proyectos deben tener las siguientes características:
i) estar orientados a intervenciones integrales de los servicios de salud del primer nivel de atención. ii) cumplir con la normatividad del Ministerio de Salud que regula el funcionamiento, diseño y dimensionamiento de los servicios de salud. iii) desarrollar los contenidos mínimos establecidos en la Directiva General del SNIP, según corresponda. Asimismo, utilizar como referencia la Guía para la “Identificación, Formulación y Evaluación Social de Inversión Pública del Sector Salud a nivel de Perfil” aprobada por RD Nº 002-2006-EF/68.01 y publicada en la página del MEF en la siguiente dirección:
http://www.mef.gob.pe/DGPM/instrumentos.php
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