"Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia"
Funciones de la Dirección de Gestión de Pensiones
La Dirección de Gestión de Pensiones tiene las siguientes funciones:
a) | Realizar el análisis financiero y técnico de las medidas que se propongan relacionadas con las pensiones de los regímenes contributivos atendidos por el Estado, que impliquen el uso de recursos públicos; |
b) | Proponer medidas relacionadas con las pensiones de los regímenes contributivos atendidos por el Estado, que impliquen el uso de recursos públicos; |
c) | Emitir opinión sobre proyectos de normas y absolver consultas respecto a las pensiones de los regímenes contributivos atendidos por el Estado, que impliquen el uso de recursos públicos; |
d) | Realizar y evaluar cálculos actuariales de los sistemas de pensiones de los regímenes contributivos atendidos por el Estado, que impliquen el uso de recursos públicos, distintos a los que corresponde a la Oficina de Normalización Previsional (ONP); |
e) | Evaluar el costo de las planillas de pensionistas de los regímenes contributivos atendidos por el Estado, que impliquen el uso de recursos públicos, en coordinación con los organismos correspondientes; |
f) | Participar y emitir opinión, en representación del Ministerio, en las negociaciones de los convenios y tratados internacionales en materia de seguridad social; |
g) | Elaborar y proponer documentos normativos respecto a las pensiones de los regímenes contributivos atendidos por el Estado, que impliquen el uso de recursos públicos; y, |
h) | Las demás funciones que le asigne el Director General de la Dirección General de Gestión de Recursos Públicos. |