"Año del Bicentenario, de la consolidación de nuestra Independencia, y de la conmemoración de las heroicas batallas de Junín y Ayacucho"
El Catastro Fiscal es un inventario de información de trascendencia fiscal que comprende las características básicas de los predios que hagan posible su identificación y valorización. Por su naturaleza de exclusivo uso fiscal, el Catastro Fiscal no se encuentra regulado por la Ley Nº 28294, Ley que crea el Sistema Nacional Integrado de Catastro y su vinculación con el registro de predios.
El Catastro Fiscal tiene como base legal el Decreto Legislativo N°1557, Decreto Legislativo que establece medidas en materia de Catastro Fiscal y dicta otras disposiciones, y el Decreto Supremo N° 226-2023-EF que aprueba su Reglamento. El objeto principal de estas normas es establecer el Catastro Fiscal como un inventario centralizado de información de predios que tiene trascendencia fiscal, que comprende una base de datos gráfica y alfanumérica que contiene las características básicas de los predios del país que hagan posible su correspondiente identificación y avalúo fiscal.
Tanto los gobiernos locales como otras entidades públicas que generen y/o administren registros de predios o información relacionada con estos están comprendidos en la norma como proveedores de datos prediales o como usuarios finales de la información predial del catastro.
La implementación del Catastro Fiscal, así como su Plataforma, es de obligatorio cumplimiento para los gobiernos locales; precisando, que dicha implementación se realiza de manera progresiva conforme a lo establecido en la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal que aprueba anualmente el Ministerio de Economía y Finanzas.
La publicación de la Estrategia de Gestión del Catastro Fiscal se realiza en el portal institucional del Ministerio de Economía y Finanzas.
NORMATIVA DEL CATASTRO FISCAL
• Resolución Ministerial N° 011-2025-EF/15, que aprueba el procedimiento que regula la Actualización del Catastro Fiscal en los Gobiernos Locales
Descargar: Documentos y Anexos
GUÍA PARA SOLICITAR LA IMPLEMENTACIÓN DEL CATASTRO FISCAL
Las municipalidades que deseen implementar el Catastro Fiscal deben seguir los siguientes pasos:
1.Solicitud de implementación del Catastro Fiscal
El titular del Gobierno Local debe remitir un oficio dirigido al director de la Dirección General de Política Macroeconómica y Descentralización Fiscal - DGPMACDF del Ministerio de Economía y Finanzas - MEF, con el asunto: “Solicito asistencia técnica para la implementación del Catastro Fiscal en la Municipalidad […]”.
En el oficio debe especificar los datos del funcionario responsable:
Puede remitir la solicitud por medio de loa canales oficiales del MEF:
| Datos del coordinador | |
|---|---|
| Nombres y Apellidos | |
| N° DNI | |
| Cargo en la entidad | |
| Área orgánica | |
| Celular | |
| Correo electrónico |
Para más información, puede comunicarse al correo: ayuda.catastrofiscal@mef.gob.pe
IMPORTANTE
El Catastro Fiscal es un requisito previo indispensable para la implementación del Sistema de Recaudación Tributaria Municipal (SRTM) del MEF, en cumplimiento de lo establecido en el numeral del 11.2 del artículo 11 del Reglamento del Decreto Legislativo 1557.