Los proyectos deben cumplir las siguientes características y documentos:
i) estar orientados a intervenciones integrales de los servicios de educación básica regular, especial y alternativa.
ii) cumplir las normas y directivas para el funcionamiento del servicio tomando en cuenta reglamentos de la Educación Básica Regular y Especial, disponibles en la página web del MINEDU. (ver cuadro Nº 02 - Normas Técnicas – Sector Educación- Pg. 86 de las presentes bases)
iii) desarrollar los contenidos mínimos establecidos en la Directiva General del SNIP, según corresponda.
iv) opinión favorable de la Dirección Regional de Educación respecto a la prioridad y pertinencia de la intervención propuesta en el PIP.
v) compromiso de la entidad a cargo de la operación y mantenimiento respecto a la sostenibilidad del PIP.
vi) documentación que acredite tenencia, donación y/o propiedad del terreno donde el PIP intervendrá.
vii) Informe de INDECI y/o de profesionales (colegiados) responsables de la evaluación de infraestructura, cuando se trate de demoliciones e incremento de carga en infraestructura existente.
Asimismo, utilizar como referencia la Guía de “Identificación, Formulación y Evaluación Social de Proyectos de Inversión Pública del Sector Educación a nivel de Perfil” aprobada por RD Nº 006-
2005-EF/68.01 y publicada en la página del MEF en la siguiente dirección:
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1080&Itemid=100889&lang=es
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