Manual de Usuario - Módulo de Alcabala
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Propietarios. Para tales supuestos, deberá aparecer en el casillero “Motivo de Inafectación”, la
frase: Artículo 27º, literal g) del DLeg. 776, cuando:
-
La operación no configure otro supuesto de inafectación.
-
El “Porcentaje Adquirido” sea menor al cien por ciento (100%) y.
-
Sea positiva la respuesta del casillero “Contribuyente y Transferente (Contratantes) son Co-
Herederos ó Co-Propietarios originarios del inmueble”.
Se ha ejemplificado de la siguiente manera:
El sistema hará la pregunta ¿Son Co-Propietarios originarios ó Co-Herederos?, para el caso
deberá elegir la opción
SI
.
Figura N° 103
Se mostrará en el casillero respectivo el Motivo de la Inafectación y se visualizará en el
Formato de Liquidación del Alcabala.
Figura N° 104
8.8
Caso: Primera Venta de Empresa Constructora
Si el Transferente es una Empresa Constructora y cumple lo siguiente:
-
Ser primera venta del inmueble.
-
Se trate solamente de contratos de compra – venta.
-
La edificación es construcción nueva.
Entonces se determinará la Base Imponible en función al Valor de Terreno comparando