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- Los proyectos deben cumplir las siguientes características y documentos:estar orientados a intervenciones integrales de los servicios de salud del primer nivel de atención.
- cumplir con la normatividad del Ministerio de Salud que regula el funcionamiento, diseño y dimensionamiento de los servicios de salud. (ver cuadro Nº 01 - Normas Técnicas – Sector Salud- pag. 84 de las presentes bases).
-desarrollar los contenidos mínimos establecidos en la Directiva General del SNIP, según corresponda.
- opinión favorable de la Dirección Regional de Salud respecto a la prioridad y pertinencia de la intervención propuesta en el PIP presentar opinión favorable.
- compromiso de la entidad a cargo de la operación y mantenimiento respecto a la sostenibilidad del PIP.
- documentación que acredite la tenencia, donación y/o propiedad del terreno donde el PIP intervendrá.
- Informe de INDECI y/o de profesionales (colegiados) responsables de la evaluación de infraestructura, cuando se trate de demoliciones e incremento de carga en infraestructura existente.
Asimismo, utilizar como referencia la Guía para la “Identificación, Formulación y Evaluación Social de Inversión Pública del Sector Salud a nivel de Perfil” aprobada por RD Nº 002-2006-EF/68.01 y publicada en la página del MEF en la siguiente dirección:
http://www.mef.gob.pe/index.php?option=com_content&view=article&id=1079&Itemid=100888&lang=es
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