Infraestructura Agricola


Nombre de Proyecto
Componentes
Monto mínimo de inversión (S/.)

Criterios de Formulación/Evaluación

Construcción, Mejoramiento y/o Ampliación  de Sistemas de Riego

Infraestructura Mayor: Almacenamiento
− Captación
− Conducción y

Distribución
1' 200, 000

Los     proyectos     deben     cumplir     las     siguientes
características y documentos:

El   proyecto   debe   considerar   el   anexo   SNIP   08:
Parámetros y normas técnicas para la formulación, así como la normatividad sectorial vigente.

Asimismo, podrán apoyarse en las pautas de la Guía de “Identificación, formulación y evaluación  de  proyectos  de  infraestructura  de  riego”, publicadas en  la  página web del MEF.
Criterios Generales:

  • Acreditar la disponibilidad hídrica del caudal demandado por el proyecto, mediante documento oficial emitido por la Autoridad de Aguas, cuya  antigüedad no sea mayor a enero del 2007.
  •  Acta de Compromiso de los Beneficiarios para asumir el costo de la operación y mantenimiento, mediante el pago de una tarifa de agua calculada en el estudio de preinversión declarado viable y que asegure la sostenibilidad del proyecto.  Incluir el valor de la tarifa en el Acta,
  • Certificación Ambiental por parte de la Autoridad Ambiental competente en el caso de los estudios de preinversión a nivel de Factibilidad.
  • Documento sustentatorio que garantice la libre disposición de los terrenos donde se proyecta la infraestructura (embalses, reservorios, represas y afines).

 

El objetivo del proyecto debe estar relacionado, fundamentalmente, con el incremento de la producción y la productividad agrícola.

El proyecto debe contener los siguientes atributos mínimos, sin limitarse a ellos:

  • Incrementar el nivel de eficiencia en el uso del recurso agua
  • Mejorar el manejo y conservación de suelos.

Criterios específicos para Riego Tecnificado:

  • Acta de Compromiso para los aportes de los beneficiarios en los equipos de riego a nivel de parcela. Incluir el valor de inversión total, el aporte  por beneficiario y periodo de  inversión.
  • El presupuesto de los proyectos de riego tecnificado deben considerar la inversión total (pública y privada); asimismo, deben desagregar claramente el valor de las partidas que correspondan a la instalación de los equipos a nivel de parcela (Inversión privada)
  • La solicitud de cofinanciamiento al FONIPREL y el aporte del GGLL o GGRR, de los sistemas de riego tecnificado, se limitará a la infraestructura de uso colectivo (conducción y distribución). La inversión a nivel de parcela será asumida por los productores beneficiarios. (ver modelo en la página web http://www.mef.gob.pe/ FONIPREL).

 

NOTA:

Los proyectos que resulten ganadores, no podrán ejecutar la obra sin que hayan obtenido previamente, de la ALA correspondiente, la Resolución de autorización de ejecución de obras con fines de aprovechamiento hídrico, de conformidad a la Ley de Recurso Hídricos, Ley N° 29338, su  Reglamento y la Directiva denominada “Reglamento de Procedimientos Administrativos para el otorgamiento de los derechos de uso de agua” aprobada mediante resolución Jefatural Nº 579-2010-ANA del 13 de setiembre de 2010

Tecnificación del
Riego:
− Conducción

− Distribución

Organización y
Gestión:
− Fortalecimiento de Organizaciones de Usuarios de Agua (administración, recaudación de tarifa, etc).
− Capacitación sobre Operación y Mantenimiento de
la infraestructura

Capacitación de agricultores:
− Técnicas de riego
− Acceso a mercados.